Presidente promulga ley de identidad de género

Santiago, miércoles 28 de noviembre de 2018.- Después de 5 años de tramitación en el Congreso y un mes en el Tribunal Constitucional, el Presidente Sebastián Piñera promulgó la ley que reconoce y da protección a la identidad de género, en un desayuno en La Moneda, al que convocó a dirigentes de organizaciones de la sociedad civil que impulsaron el proyecto. Por parte de OTD Chile, asistieron Lucas Araneda y Javiera Salgado.

 

Con esto, la ley debe publicarse dentro de cinco días en el Diario Oficial, momento desde el que se contarán los seis meses de plazo que tiene el Poder Ejecutivo para dictar los dos reglamentos que prevé la ley: uno del Ministerio de Desarrollo Social y de Salud, sobre los programas de acompañamiento que impartirán las organizaciones de la sociedad civil a niñes de 14 a 18 años para solicitar su cambio de sexo registral ante tribunales de familia; y otro, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, sobre el trámite ante el Registro Civil. Una vez dictados, comienza un plazo de cuatro meses para la adaptación de las instituciones a la ley. Así las cosas, en octubre de 2019 las personas trans podrán cambiar su nombre y sexo a través de los trámites establecidos en la ley.

Al respecto, la Coordinación de Legislación y Políticas Públicas de OTD Chile, ya ha iniciado una mesa de trabajo con otras organizaciones, lo que se tradujo en una reunión con el Ministro Moreno el 14 de noviembre. Adicionalmente, nuestra organización ha sido parte del Consejo de la Sociedad Civil (COSOC) del Servicio de Registro Civil e Identificación, desde donde seguimos de cerca el proceso de adaptación de la institución y de capacitación de sus funcionaries.

Con esta ley, las personas mayores de 18 años que estén solteras, podrán solicitar su cambio de nombre y sexo registral hasta por dos veces, en el Registro Civil, sin ninguna documentación adicional y presentándose con dos testigues hábiles. Las personas menores de 18 y mayores de 14, deberán acudir ante los tribunales de familia con al menos uno de sus representantes legales (es decir, con su madre o padre). La ley no prevé qué ocurrirá si es que ninguno de les mapadres apoya al niñe trans. Las personas casadas también deberán acudir a los tribunales de familia y en el proceso se declarará el divorcio y los asuntos asociados al mismo.

Las personas que anteriormente hayan conseguido, en tribunales civiles, su cambio de nombre, pero no el de su sexo registral, también podrán hacer uso de esta ley. Les extranjeres también podrán acogerse a la ley de identidad de género, pero primero deberán inscribir su partida de nacimiento en la oficina de Santiago del Registro Civil y acreditar su permanencia definitiva en el país.

Fotografía: Javiera Salgado Herrera.

¿Qué tan útil fue esta publicación?

¡Haz clic en una estrella para calificarla!

Puntuación media 0 / 5. Recuento de votos: 0

No hay votos hasta ahora! Sé el primero en calificar esta publicación.

Pin It on Pinterest