Comunicación Pública, con la Ley de Identidad de Género avanzamos un primer paso pero…

(Santiago, 27 de diciembre de 2019).-Ante la entrada en vigencia de la ley 21.120 que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género, la Asociación OTD Chile – Organizando Trans Diversidades; como una organización transfeminista que promueve los derechos humanos de personas trans, no binarias e intersexo, desea comunicar a la opinión pública lo siguiente:

1.     Celebramos este primer avance legal en el reconocimiento específico de las identidades trans por parte de la institucionalidad chilena. Agradecemos a les innumerables disidentes sexuales, activistas, artistas, profesionales, abogades, académiques, profesores, estudiantes, líderesas y líderes políticos y sociales que trabajaron, marcharon, lucharon e incluso murieron exigiendo que sus documentos representaran genuinamente su identidad y expresión de género, y por sobre todo, el nombre que han elegido para sí mismes. Sin embargo, este es un piso mínimo que, en ningún caso, resolverá el gran listado de demandas de la población trans, travesti, no binaria, intersex, lésbica, torta, cola, pansexual, queer y todas las letras dentro y fuera de lo LGBTTTIQ+.

2.     Respecto de la ley, tenemos los siguientes reparos y observaciones sobre su implementación:

2.1.  El procedimiento administrativo debería ser la regla general y no deberían existir ni distinciones por edad o estado civil, ni intervención de un tribunal, ni exigencia de testigos ni un número limitado de veces que se puedan realizar los cambios de nombre y sexo registral. Tampoco se debe restringir la identidad de género solo a hombre o mujer suprimiendo arbitrariamente el resto de identidades de género; lo que dejó sin derecho al reconocimiento de su identidad a personas con otros géneros.

2.2.  Rechazamos que la ley no permita el cambio de nombre y sexo registral en menores de 14, pues es la población más expuesta al riesgo suicida por transodio: el 56% de las personas trans chilenas ha intentado suicidarse, y de este grupo, un 57% lo ha intentado antes de los 15 años (véase encuesta-t.cl/resultados).

2.3.  Rechazamos que se exija la autorización de la madre o del padre para que menores de 18 puedan cambiar su nombre y sexo registral: al 97% de las personas trans en Chile se le ha cuestionado su identidad en su propio entorno familiar, y en el 68% de los casos esto proviene precisamente de les progenitores. En el 30% esto se traduce en agresiones verbales, y en el 8%, en agresiones físicas. La única forma en que la autonomía progresiva de les niñes trans sea reconocida, es a través de un trámite administrativo.

2.4.  Exigimos que el Estado asigne fondos públicos para la ejecución de los programas de acompañamiento a niñes trans menores de 18. Resulta inaceptable y contradictorio que, por una parte, se incorpore este requisito, regulando minuciosamente la acreditación de organizaciones de la sociedad civil, pero, por otra, no se asigne presupuesto a dicha tarea. Las ONGs de personas trans (y las de DD.HH. en general) cuentan con escasos recursos, equipos limitados y agobiados ante el alta demanda de la ciudadanía por servicios públicos en el área y que el Estado no está proveyendo a su población. Condenamos que nos sometan a la ampliación de una lógica privatizadora en el trato con la infancia; ahora a la niñez trans: confiamos en las organizaciones que llevan años trabajando por la dignidad de las trans diversidades, pero conocemos de cerca las dificultades económicas, colectivas y personales de nuestro activismo y si bien, podríamos atender a un número limitado de familias, no daremos abasto para entregar a todes les niñes trans, espacios de encuentro con sus pares en un ambiente seguro, libre de discriminación, bullying, abuso o violencia.

2.5.  Llamamos al Ministerio de Salud:

2.5.1.   A ampliar la oferta de prestaciones de acompañamiento a la Atención Primaria de Salud (APS).

2.5.2.   A publicar los 13 hospitales públicos que otorgarán los programas de acompañamiento a niñes trans.

2.5.3.   A capacitar CON URGENCIA a les profesionales que los ejecutarán, incluyendo a la sociedad civil en dicha tarea, tal y como lo hizo el Servicio de Registro Civil e Identificación en su preparación para la entrada en vigencia de la ley. Si bien, reconocemos el trabajo esforzado de les funcionaries preocupades de la dignidad de nuestra población; desconfiamos que dicha buena voluntad se presente en todos los territorios: por ello, la intervención desde el Administración central es apremiante, para evitar los eventuales episodios de discriminación que tengamos que lamentar.

2.5.4.   A actualizar sus circulares sobre acceso a terapias de reemplazo hormonal y de cirugías de modificación genital, a fin de eliminar cualquier trato, expresión o referencia patologizante, que vulnere el principio de no patologización del artículo 5, letra a de la ley 21.120 de identidad de género.

2.5.5.   A establecer un protocolo estandarizado a nivel nacional que clarifique y simplifique el acceso a ellas, designando CESFAM y hospitales por zona geográfica del país al que la población trans podrá acudir de manera fácil y cercana.

2.6.  Rechazamos que la ley haya establecido un divorcio forzoso para personas casadas que cambiarán su nombre y sexo registral. Muchas personas transitan de género con el apoyo de sus parejas, hijes y familias, por lo que este procedimiento reproduce estereotipos que siguen obstruyendo la igualdad de derechos para toda la disidencia sexual y para todos los géneros. Una vez que avancemos en educación sexoafectiva para todas las edades, en prevención y penalización de los crímenes de odio y su incitación y en el reconocimiento de derechos filiativos para hijes de madres lesbianas o de otres disidentes sexuales; Chile debe avanzar hacia el matrimonio igualitario, que, además de permitirlo entre personas del mismo sexo, simplifique el divorcio, facilite la adopción y consagre la igualdad de derechos entre cónyuges, terminando con siglos de discriminación a la mujer en el espacio marital.

3.      En la misma línea, hacemos un llamado a toda la disidencia sexual a instalar como prioridad de nuestro movimiento, por sobre otras demandas de índole patrimonial, las siguientes:

3.1.  Una reforma estructural a la ley 20.609 que establece medidas contra la discriminación, ampliándola contra todo tipo de violencia e intolerancia, que cree un órgano estatal encargado de generar, promover, fiscalizar y sancionar el cumplimiento de las políticas públicas y demás normativas sobre la materia; que simplifique el procedimiento de denuncia; establezca la carga dinámica de la prueba, aumente las multas y establezca indemnización de perjuicios contra las personas discriminadas;

3.2.  El reforzamiento de la prevención y penalización de los crímenes de odio, creando el tipo penal de travesticidio y transfemicidio.

3.3.  Garantizar una educación no sexista, que termine con la selección por géneros u otros motivos, y otros estereotipos, tanto en establecimientos públicos y privados.

3.4.  La obligatoriedad de educación sexoafectiva desde la etapa preescolar, libre de discriminación y con perspectiva de equidad de todas las sexualidades, géneros y afectividades;

3.5.  La aprobación de una “Ley Integral Trans”, que establezca mecanismos de inclusión laboral real, educación sin discriminación, garantías explícitas de salud, comisiones de justicia, verdad y reparación por discriminación a disidentes sexuales, enfocadas especialmente en reconocer a todas las personas sin distinción de edad y en particular a las personas trans adultas y adultas mayores, que han sido violentadas y discriminadas por la sociedad y que el Estado no ha sido capaz de detener.

3.6.  La regulación del trabajo sexual, desde una perspectiva feminista, que garantice derechos de seguridad social, acceso a la salud y proteja de abusos y violencia a quienes se dediquen a este oficio.

3.7.  La ratificación de la Convención Interamericana contra toda forma de Discriminación e Intolerancia, nacida en el 43o período de sesiones de la Asamblea General de la OEA, y firmada por Chile el 22 de octubre de 2015, pero que aún espera ser enviada por el Presidente para su discusión en el Congreso Nacional.

Acá pueden descargar la Comunicación Pública.

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