Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía del Senado continúa con el análisis de las indicaciones presentadas al proyecto de ley de identidad de género

Con fecha 22 de marzo, la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía del Senado continuó con el análisis de las indicaciones del proyecto de ley de identidad de género, luego de la última sesión  que se celebró el 18 de enero pasado. En la sesión se integró el Senador Pedro Araya, quien viene a sustituir al Honorable Manuel Antonio Matta luego de haber presentado su renuncia a la Comisión.

Durante el análisis de las indicaciones, se rechazaron aquellas que buscaban eliminar el derecho a la identidad de género y toda mención al concepto de identidad de género. Al respecto, la Senadora Jacqueline Van Rysselberghe señaló que “el derecho a la identidad de género no es un supra derecho, no puede estar por sobre la libertad de educación, por ejemplo”. De igual manera, se rechazaron las indicaciones del Senador Allamand que buscaban terminar con el acuerdo de unión civil cuando uno de los convivientes civiles accediera al procedimiento de cambio de nombre y sexo registral.

Cabe destacar que, durante el análisis,  se aprobó la indicación presentada por la Presidenta de la República que sustituye el concepto de identidad de género por uno más breve que señala lo siguiente ” Se entenderá por identidad de género la convicción personal e interna del género, tal como la persona se percibe a sí misma, la cual puede corresponder o no con el sexo verificado en el acta de inscripción del nacimiento.”.

Al final de la sesión destacó el análisis de una indicación del Senador Allamand que permite que ascendientes, descendientes y el cónyuge puedan oponerse al cambio de nombre y sexo registral, argumento que en la actualidad la ley 17.344, sobre cambio de nombre y apellidos, permite la oposición de terceros.

Al respecto, la asesora jurídica, Constanza Valdés,  señalo que “Es una lástima que se haya aprobado la indicación del Ejecutivo que sustituye el concepto de identidad de género. El concepto que se encontraba anteriormente era el que define  los Principios de Yogyakarta, instrumento que Chile se obligó, con ocasión del Examen Periódico Universal del 2009,  a seguir al momento de dictar leyes y políticas públicas.

Por último, Constanza señaló con respecto a la posibilidad de oposición que” La ley 17.344, que regula el cambio de nombre y apellidos, tiene un propósito distinto al procedimiento de cambio de nombre y sexo registral que establecería el proyecto de ley de identidad de género. Este proyecto tiene por fin y propósito terminar con las situaciones de discriminación y exclusión que sufren diariamente las personas trans. No se puede permitir la posibilidad de oposición de terceros cuando se encuentra en juego el derecho a la identidad de género de cada persona, aspecto intimo e inalienable, el cual no puede ser objeto de injerencias arbitrarias de terceros. Sería inaceptable que el derecho a la identidad de género estuviera condicionado por el parecer de terceras personas, por muy cercanas que puedan ser.”

La siguiente sesión de la Comisión quedo citada para el 5 de abril, en la cual se proclamará a la nueva presidenta, la Senadora Jacqueline Van Rysselberghe.

 

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