Este domingo 7 de mayo se cumplen 4 años desde que ingresó (2013) el proyecto de ley que reconoce y da protección al derecho a la Identidad de género (LIG) al Senado. El proyecto fue patrocinado por lxs senadores, Lily Pérez, Ximena Rincón, Camilo Escalona, Ricardo Lagos Weber y Juan Pablo Letelier, y fue iniciativa de activistas de OTD y redactado por la abogada Ximena Gauché, directora de la Fundación Iguales. El mismo día que éste fue ingresado se remitiò a la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanìa del Senado.
El proyecto en su primer trámite constitucional ha tenido 15 periodos de indicaciones, más de 200 indicaciones presentadas, 3 textos aprobados e incluso un breve cambio de Comisión.
En dos oportunidades estuvo a punto de ser discutido particularmente, y en ambas ocasiones fue devuelto nuevamente a la Comisión de Derechos Humanos para que se sigan formulando indicaciones. En la tramitación de este proyecto se han presentado numerosas indicaciones que han tenido como objeto; eliminar el derecho a la identidad de género; establecer requisitos médicos y psicológicos para acceder al cambio de nombre y sexo registral; eliminar el reconocimiento de este derecho a niños, niñas y adolescentes trans; establecer la posibilidad de que terceros se opongan, entre otras. La discusión del proyecto ha tenido un marcado carácter ideológico y conservador por parte de la Comisión, reflejándose esto en los dichos de sus integrantes y en las numerosas ocasiones que no han permitido el ingreso a representantes de organizaciones de la diversidad sexual y de género.
¿A qué se debe esta excesiva tramitación?
A juicio de Franco Fuica, Vicepresidente y Coordinador Legislativo y Políticas Públicas de Asociación OTD, “Esta demora ha sido consecuencia de la desidia y desinterés de los Senadores por este proyecto. Ellos no han tenido la intención de discutir este proyecto con un enfoque de derechos humanos y tampoco han tenido la voluntad de querer dialogar y conocer la realidad diversa de las personas trans”. Franco concluye señalando que “Los derechos humanos de las personas trans han sido sistemáticamente vulnerados durante décadas, impidiendoles el acceso a la salud, trabajo, justicia y educación. Chile se encuentra en deuda con este sector de la población LGBTI”
¿Cuales son los temas pendientes que deben ser regulados por la ley de identidad de Género?
Para lograr una ley de identidad de género que efectivamente reconozca y garantice el derecho a la identidad de gènero, desde Asociación OTD creemos que es necesario lo siguiente:
- Inclusión de niños, niñas, niñes y adolescentes (NNyA) trans: El día 18 de enero del 2017, la Comisión de DD.HH del Senado, votó a favor la indicación del Senador Andrés Allamand que excluía a NNyA del procedimiento del cambio de nombre y sexo registral, negándoles el reconocimiento legal de su derecho a la identidad de género. Los niños, niñas y adolescentes trans sufren brutales situaciones de discriminación por su expresión e identidad de género. Lo anterior se manifiesta dentro de sus propios hogares, colegios, etc. Lxs niños, niñas y adolescentes trans tienen una tasa de suicidio considerablemente mayor comparada con sus pares cisgénero.
- Prohibición de requisitos médicos y psicológicos para acceder al reconocimiento del derecho a la identidad de género: Es imperativo que no se establezca ningún requisito patologizante para que las personas trans puedan acceder al reconocimiento de su derecho a la identidad de género.
- La oposición de terceros a solicitud cambio de nombre y sexo registral: El día 12 de abril del presente año, la Comisión de Derechos Humanos del Senado votó a favor la indicación del Senador Andrés Allamand, que permitiría a lxs ascendientes, descendientes y cónyuge, oponerse a la solicitud de cambio de nombre y sexo registral.
La asesora jurídica de Asociación OTD, Constanza Valdés, fue categórica en manifestar que “Los terceros no tienen legitimidad alguna para oponerse al reconocimiento del derecho a la identidad de género de una persona, especialmente porque ésta es un aspecto íntimo y personal de cada unx.” Constanza concluye señalando que “La aprobación de esta indicación es terrible, esto permitirá a muchos parientes a oponerse a la solicitud de cambio de nombre y sexo registral de un familiar por razones morales, conservadores y ajenas al mandato constitucional que establece que es deber del Estado promover el bien comùn y permitir la mayor realización espiritual y material de cada persona”
La posibilidad de que terceros se opongan a la solicitud de cambio de nombre y sexo registral limita completamente la autonomía de las personas trans, y no queda ninguna duda de que las razones subyacentes de esta oposición son patologizantes. Al respecto, es bueno recordar las recomendaciones que ha realizado la ONU y la CIDH, que hacen un llamado a los Estados a adoptar leyes de identidad de género no patologizantes y medidas que resguarden la dignidad de las personas.
Chile ha hecho caso omiso, imponiendo requisitos que impiden el libre ejercicio de derechos con indicaciones patologizantes.