Tras más de tres años, proyecto de Ley de Identidad de Género es despachado a Sala del Senado

Gracias a que se le puso urgencia de discusión inmediata, el día de ayer, lunes 12 de septiembre, la Comisión de Derechos Humanos del Senado concluyó la revisión de indicaciones pendientes en el proyecto de Ley de Identidad de Género. El paso siguiente es la votación en Sala del Senado (muy probablemente en octubre), tras lo cual pasará a segundo trámite legislativo en la Cámara de Diputados.

 

Si bien el balance general es positivo, se puede decir que la jornada fue de dulce y agraz. En algunos puntos la victoria fue contundente; en otros, falta camino por recorrer para lograr una ley despatologizante y a la altura del mandato que implican los derechos humanos.

 

AMBIVALENCIA PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

 

Dentro de los avances más importantes se cuenta el trámite en sede administrativa (directamente ante el Registro Civil) en el caso de adolescentes de entre 14 y 17 años cuando ambos padres presten su consentimiento. Lamentablemente, el trámite sería judicial en el caso de que sí se manifieste resistencia de uno de ellos (lo que resulta contradictorio con el hecho de que estes jóvenes ya son penalmente responsables).

 

 

Para el caso de niños y niñas menores de 14 años, lamentablemente el Ejecutivo accedió a un requerimiento para modificar la indicación, en el sentido de que el juez deba en toda circunstancia solicitar una serie de antecedentes que resultan patologizantes y que menoscaban la dignidad del niño o niña: certificado de que no presenta «otras patologías» (como trastornos de la personalidad, por ejemplo); certificado de que su identidad de género es libremente escogida y no motivada por la presión de la familia o el entorno (lo que refuerza el estigma que menosprecia la autonomía de niños y niñas trans); y certificado que acredite al menos un año de acompañamiento profesional al niño o niña y su familia (lo que nuevamente patologiza, porque evidentemente esto no es una necesidad en la totalidad de los casos, y menos podría considerarse un requisito para el reconocimiento de un derecho). En un país donde la atención en salud es, en los hechos, un lujo: ¿quién garantiza, además, que todas las familias que lo requieran podrán acceder a estos engorrosos requisitos?

 

 

¿MATRIMONIOS «IGUALITRANS»?

 

En el caso de personas mayores de 18 años, se confirma el procedimiento despatologizante (sin requisitos), basado en la autodeterminación de las personas, y en sede administrativa (directamente ante el Registro Civil).

Un aspecto interesante del debate de ayer fue la revisión de la indicación, propuesta por el Ejecutivo, para que las personas casadas deban primero disolver su vínculo, de modo de supuestamente mantener la coherencia con la actual legislación en materia de matrimonio civil (que por ahora se establece como un contrato entre un hombre y una mujer). Sin embargo, los senadores Juan Pablo Letelier y Alejandro Navarro se manifestaron en contra de esta indicación, explicando que mantener el vínculo matrimonial en este caso implica respetar la voluntad de les cónyuges, y que esto no tendría que ver con el matrimonio igualitario (debate aún pendiente en nuestro país). Finalmente, esta indicación fue rechazada, por lo que en el estado actual de tramitación de la ley, las personas trans casadas podrían seguir estándolo una vez que rectifiquen su partida de nacimiento de acuerdo con su identidad de género.

 

 

Franco Fuica, activista trans de OTD Chile, durante la maratónica jornada de ayer.

Franco Fuica, activista trans de OTD Chile, durante la maratónica jornada de ayer.

 

SE RELATIVIZA LA OBLIGACIÓN DE TRATO DIGNO

Entre las derrotas de ayer, contamos también una que se podría haber evitado. Debido a la ausencia momentánea del senador Juan Pablo Letelier en la sala, se aprobó una indicación ingresada por la transfóbica senadora Jacqueline van Rysselberghe para eliminar el artículo que aseguraba que «ninguna persona o institución pública o privada podrá negarse a atender, o dar un trato irrespetuoso o contrario a la dignidad humana a personas en razón de su identidad de género, ni obstaculizar o impedir los derechos establecidos en esta ley». En su lugar, se dejó la redacción propuesta por la senadora que restringe este aspecto solo a la prohibición de discriminación arbitraria (lo que no supone un avance respecto de la ley 20609, que establece medidas contra la discriminación).

 

Por otra parte, se aprobó la modificación del proyecto para que la entrada en vigencia de la ley tenga lugar no seis meses, sino un año después de su entrada en vigencia, lo que a todas luces es excesivo, sobre todo considerando la eterna espera de miles de personas trans, marginadas por la transfobia campeante, para el reconocimiento de su identidad.

OTD Chile valora que por fin se haya despachado el proyecto a Sala, pero advierte que aún queda mucho camino por recorrer; y seguirá trabajando sin descanso para que este proyecto salga luego y con una redacción que verdaderamente pueda asegurar la identidad de género como un derecho humano de todas las personas.

 

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