Con fecha 14 de junio, el Senado finalizó la votación del proyecto de ley que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género. En dicha ocasión se terminó con la votación de los artículos que habían quedado pendientes el día de ayer.
En la sesión, se aprobaron los artículos 8° al 13° y las disposiciones transitorias del proyecto. Las disposiciones legales anteriormente citadas versaban sobre los efectos de la rectificación de nombre y sexo registral, los organismos públicos que debían ser notificados de dicho cambio, la reserva y privacidad del procedimiento, la obligación de trato digno a las personas trans, la incorporación de una nueva causal de disolución del matrimonio, y la entrada en vigencia de la ley. En cuanto a la votación de dichas normas, se aprobó todo sin ninguna modificación.
Dentro de lo aprobado, cabe destacar lo siguiente: que el procedimiento de cambio de nombre y sexo registral sea privado y solo la persona solicitante puede acceder a éste, y la incorporación de la obligación de trato digno que no permite dar un trato irrespetuoso o denegar un servicio a una persona en razón de su identidad de género
Constanza Valdés, asesora jurídica de Asociación OTD, señaló que “Es un gran paso que el proyecto haya sido despachado a la Cámara de Diputados después de 4 años en el Senado. Lamentablemente este proyecto no contempla el derecho a la identidad de género de niños, niñas y adolescentes y exige a las personas mayores de 18 años presentar un certificado médico que acredite que ésta tiene las condiciones psicológicas y psiquiátricas para realizar el cambio de nombre y sexo registral. Sin perjuicio de lo anterior, todo esto es modificable en la Cámara, en la cual incidiremos para que Chile pueda tener una ley de identidad de género no patologizante, que contemple el derecho a la identidad de género de todas las personas trans y no permita oposición de ningún tipo”