(Santiago, 08 de agosto de 2019).- OTD Chile ingresó un escrito solicitando al Contralor General de la República, Jorge Bermúdez, que elimine del reglamento que padre-madre o representante legal decidan sobre el acceso de los niñes a los programas de acompañamiento, un requisito que no estaba contemplado en la Ley de Identidad de Género aprobada por el Congreso en el 2018.
Vale destacar que, el artículo 26 de la Ley de Identidad de Género (21.120), establece que el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, y el Ministerio de Salud, deberán crear un reglamento que regulará el programa de acompañamiento a niñes mayores de 14 y menores de 18, que se encuentren en proceso de tránsito, estos consistirán en una “orientación profesional multidisciplinaria que incluirá acciones de asesoramiento psicológico y biopsicosocial”, pero la ley no contempla ningún requisito específico para acceder a los programas de acompañamiento.
Sin embargo, el 28 de junio de 2019, y después de 18 días de atraso, el Presidente ingresó una propuesta de reglamento que exigía la autorización de al menos un representante legal, es decir, de al menos un mapadre, para poder acceder a los programas de acompañamiento: si bien, el artículo 12 señala que la solicitud ante tribunales de familia, debe ser presentada junto a un representante legal; nada dice sobre una exigencia idéntica respecto al acceso a los programas de acompañamiento.
El escrito de OTD señala que, “el artículo 23 de la ley 21.120 crea un verdadero “derecho de acceso a los programas de acompañamiento” para los niños y sus familias, pero luego agrega que “las familias son un sujeto diferente de los niños, y (…) el que los miembros de aquella no lo ejerzan, no debe obstar a que el niño sí pueda acudir a los programas, debido a que la ley establece que el acceso a éstos es voluntario””.
Además, el reglamento también contempla que los mapadres puedan oponerse al programa de acompañamiento una vez que éste ya se ha iniciado, lo que tampoco estaba previsto en la ley. Sobre esto, Matías Valenzuela Cortez, asesor jurídico de OTD señala que “los programas de acompañamiento deben convertirse en el lugar en donde el Estado pueda proteger a un niñe trans que está sufriendo violencia desde su propia familia para lograr disminuir las altas tasas de depresión y suicidio: la idea es que le asistente social y psicólogue puedan actuar como mediadores entre le niñe en proceso de tránsito, por un lado, y sus mapadres transfóbiques, por el otro. Si estes pueden oponerse al programa, entonces les niñes trans quedarán en la absoluta desprotección”.
De esta manera según OTD, el Presidente ha excedido sus atribuciones constitucionales al incorporar en el reglamento, un requisito que debió haber sido previsto en la discusión parlamentaria. Franco Fuica, coordinador del área de legislación y políticas públicas de OTD, recuerda las dificultades que supuso la incorporación del requisito de autorización de un mapadre para pedir el cambio de sexo ante tribunales, “El derecho de acceder a un programa de acompañamiento no puede estar supeditado a que padre-madre o representante legal lo permita o no. La primera barrera que encuentra una persona trans para vivir su género sentido es el prejuicio de la familia: por lo mismo, el acceso a un programa de acompañamiento no puede estar vinculado a la decisión de la familia, porque nunca sabríamos si hay una vulneración de derecho o no, ya que no tendríamos contacto con la persona trans que requiere el acompañamiento. La voluntad debe ser de la persona trans, quien ejerciendo su autonomía progresiva, decide estar en ese espacio”.
Para acceder al texto completo del escrito presentado a Controlaría, haz clic aquí.2019-07-30 OTD Téngase presente sobre DS 3-2019 MDS – CGR [Con código]