Ley de Identidad de Género: Derribando mitos para fortalecer derechos

Gabriela Sanzana
Abogada y asesora jurídica de OTD Chile

En las últimas semanas El Mercurio ha publicado una serie de cartas al director opositoras al proyecto de Ley de Identidad de Género que actualmente se tramita en el Congreso. Dado que nuestras cartas de respuesta no han sido publicadas por dicho medio, responderemos a ellas en las siguientes líneas. 

Nos gustaría partir por aclarar en qué consiste este proyecto. De acuerdo a las indicaciones que se han aprobado hasta ahora en la Comisión de Derechos Humanos del Senado, este permite que las personas transgénero puedan cambiar su nombre y sexo legales —de modo de hacerlos coherentes con su identidad de género— por vía administrativa para el caso de mayores de 18 años, y por vía judicial para el caso de niños, niñas y adolescentes. Para mayores de edad, actualmente esto es una realidad. Sin embargo, se trata de un procedimiento judicial largo, complejo y de diversa tramitación y resultados según el tribunal que atienda la solicitud. Lo que se pretende con el proyecto de ley es mejorar la calidad de vida de las personas trans, garantizando el reconocimiento a su identidad de manera rápida y sin mayores inconvenientes, en el entendido de que la identidad es un derecho humano.

A diferencia de lo que pretenden hacernos creer los opositores al proyecto, este se sustenta en la realidad y no en determinadas “ideologías artificiales”. Las personas trans existen en todo el mundo, y lo único que pretendemos quienes impulsamos el reconocimiento de sus identidades es que se les reconozca el derecho —que ya tiene el resto de la población— a contar con un documento de identidad que refleje quiénes son en verdad. Este reconocimiento es relevante porque las personas trans —en muchos casos desde la infancia— son terriblemente discriminadas y vulneradas en todos los ámbitos por el solo hecho de su identidad de género, y una discordancia entre su género y el sexo legal que aparece en su documento de identidad empeora su situación. Entre las consecuencias reales de la transfobia social e institucional contamos la denegación de derechos como la educación, la vivienda, el trabajo y la atención en salud, además de agresiones verbales y físicas e incluso asesinatos.

Contradictoriamente, muchas de las personas que se han mostrado contrarias a este proyecto sostienen que sí hay que “proteger” y ayudar a las personas trans, pero que no se les puede permitir la rectificación de su género en el carnet de identidad. Pues bien, no vemos cómo sería posible proteger o ayudar a las personas trans si las obligamos a vivir con una identidad legal que no es la suya. La vivencia interna del género es parte esencial de la naturaleza humana, por lo que su reconocimiento es imprescindible para la protección de la dignidad. ¿Acaso es legítimo que alguien nos obligue a ser algo que no queremos ser, algo que, en definitiva, no somos? ¿En qué se basan las personas para sostener que el género (no el sexo) asignado al nacer es “un atributo irrenunciable de la personalidad”? Desde el punto de vista moral, ¿quién puede decidir sino una/o mismo/a cuáles aspectos son “parte irrenunciable de nuestra personalidad” y cuáles no?

Lamentablemente, no nos extraña que haya personas que se opongan a este proyecto con tanto afán. Ya lo hemos visto cuando en su momento se opusieron al voto femenino, al divorcio, a la píldora del día después y actualmente, al aborto en tres causales, y la lista sigue. Los sectores más conservadores de este país siempre se han encargado de ir en contra de todo lo que implique el avance en el reconocimiento de los derechos humanos, pretendiendo sustentar sus posturas con argumentos que muchas veces rayan en el absurdo, casi siempre escondidos sobre la base de un paradigma religioso que es despótico. Porque sí: es despótico que quienes profesan una determinada fe deseen imponerla al punto de intentar interferir en la vida privada de las personas a través del entorpecimiento de proyectos de ley en un Estado laico, que debe regir para todos/as y no para una creencia particular.

Los opositores al proyecto han llegado al absurdo de decir que esto se trataría de un “experimento social a gran escala de impredecibles consecuencias”. Pues bien, al parecer ellos no se han informado bien: la verdad es que el cambio de sexo legal con motivo de la identidad de género es una realidad que ya existe en Chile, sin que ello haya conducido a nuestro país a consecuencias de algún tipo, salvo, por cierto, una reducción en la discriminación que injustamente padecen las personas trans. Por lo demás, aunque parezca obvio, es pertinente recordar que las personas que no son trans y las familias heterosexuales no se verán en absoluto afectadas en su diario vivir, ni se les vulnerará ningún derecho con la aprobación de esta ley.

Reiteramos que la identidad de género es un derecho humano consagrado, reconocido en los instrumentos internacionales vinculantes para el Estado de Chile. Haciendo caso omiso de este hecho, varios opositores al proyecto se han referido peyorativamente a los Principios de Yogyakarta, a pesar de que estos han sido redactados por reconocidas y reconocidos especialistas procedentes de 25 países, de diversas disciplinas y con experiencia relevante en el ámbito del derecho internacional de los derechos humanos, llegando a obtener el respaldo de la ONU.

A los Principios de Yogyakarta y los instrumentos internacionales de derechos humanos se suma la experiencia internacional de más de veinte países (entre ellos Noruega, Suecia, Dinamarca, Irlanda, Portugal, España, Italia, Austria, Alemania, Polonia,Nueva Zelanda, Reino Unido, Malta, Uruguay, Argentina, Colombia y México) que ya contemplan en su sistema interno leyes o fórmulas de cambio de género registral; y en ninguno de ellos se ha visto que, con posterioridad a la entrada en vigencia de dichas normas, se haya producido el caos, el desmoronamiento de las familias o la desarticulación de la sociedad.

Por último, no hay que olvidar que las personas trans no dejarán de existir por la falta de una ley. Lo único que se consigue obligándolas a vivir con una identidad legal que no refleja su verdadero sentir es mantener a Chile en el retraso en materia de derechos humanos y perpetuar con ello la ignorancia, la discriminación y las vejaciones que padecen a diario las personas trans debido al abandono del Estado y de la sociedad.

* Esta columna fue publicada en El Ciudadano.

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